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Candidaturas presidenciales de Julio Guzmán y César Acuña quedaron, prácticamente, fuera de la carrera electoral

Jurado Nacional de Elecciones confirmó tachas contra la fórmula presidencial de Todos por el Perú y la exclusión del candidato de Alianza para el Progreso

Candidaturas presidenciales de Julio Guzmán y César Acuña  quedaron, prácticamente, fuera de la carrera electoral
Candidaturas presidenciales de Julio Guzmán y César Acuña quedaron, prácticamente, fuera de la carrera electoral
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante Resolución N.° 197-2016-JNE, del 8 de marzo de 2016, confirmó la decisión del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró fundadas las tachas contra la fórmula presidencial del partido político Todos Por el Perú. Asimismo, mediante la Resolución N.° 196-2016-JNE, de la misma fecha, se confirmó la exclusión del candidato a la presidencia de la organización política Alianza para el Progreso del Perú, César Acuña Peralta.

En consecuencia, los candidatos presidenciales de Todos por el Perú, Julio Guzmán Cáceres y de Alianza para el Progreso, César Acuña Peralta, quedaron, prácticamente, fuera de carrera electoral, tras las resoluciones adoptadas por el Supremo Tribunal Electoral del país.

En el caso del candidato de TPP, Julio Guzmán Cáceres, el fundamento central para confirmar las tachas contra su fórmula presidencial fue la infracción de las normas de democracia interna para la elección de esta, lo que mereció el voto en mayoría de los magistrados Jesús Fernández, Elías Ayvar, y Jorge Rodríguez.

En tal sentido, el fallo del JNE desestimó así la apelación presentada ante la resolución del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 que había declarado fundada las tachas a raíz de irregularidades en la elección del tribunal electoral de Todos por el Perú, instancia que eligió a Julio Guzmán como su candidato presidencial.

Por otro lado, se confirmó la exclusión del candidato a la presidencia de la organización política Alianza para el Progreso del Perú, César Acuña Peralta, por haber entregado dádivas en Piura y Chosica, por infracción del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, aplicable al presente proceso electoral. Además, determina que como la fórmula estaría integrada solo por una candidata a la vicepresidencia, se declara improcedente la inscripción de dicha fórmula presidencial.

Indica además que la entrega de 5,000 soles a un joven de Piura, el 8 de febrero de 2016, y de 10,000 soles a comerciantes de Chosica, el 10 de febrero, constituye una infracción a la Ley de Partidos Políticos, que prohíbe la entrega de dinero. Ese hecho, afirma, no puede ser considerado como ayuda humanitaria, y en consecuencia, el JNE concluye que procede confirmar la decisión del JEE que excluyó a César Acuña.

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