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El lunes 30 declaran "día no laborable compensable" para miembros de mesa de las Elecciones Municipales del domingo 29

Quienes laboran en ámbitos geográficos distintos a lugar de votación y que ejerzan su derecho a voto, no laborarán los días 27, 28, 29 y 30 de noviembre

El lunes 30 declaran "día no laborable compensable" para miembros de mesa de las Elecciones Municipales del domingo 29
El lunes 30 declaran "día no laborable compensable" para miembros de mesa de las Elecciones Municipales del domingo 29
El Gobierno declaró el lunes 30 de noviembre como "día no laborable compensable" para los miembros de mesa que participarán en las Elecciones Municipales a realizarse este domingo 29 de noviembre en la provincia y distritos de Loreto, Callao, Ayacucho, Cusco, Huancavelica y Apurímac recientemente creados, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Así lo precisa el Decreto Supremo N° 010–2015–TR, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que establece que los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido.

Asimismo, la norma señala que el día de las elecciones municipales, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) otorgará a cada miembro de mesa un certificado de participación por haber cumplido con su deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores para gozar del beneficio otorgado.

Por otro lado, señala que los trabajadores de los sectores público y privado que laboran en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que ejerzan su derecho a voto y acrediten haberlo ejercido, no laborarán los días viernes 27, sábado 28, domingo 29 y lunes 30 de noviembre del presente año.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma cómo se debe recuperar los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

Los trabajadores de los sectores privado y público que laboran en el mismo ámbito geográfico de su lugar de votación, y cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las elecciones municipales, tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.

Asimismo, quienes actúen como miembros de mesa y cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de la elección, están facultados para no asistir a sus centros de labores. En este caso también, los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

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