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Declaran emergencia sanitaria en San Martín y otras 18 regiones del país, para aplicar medidas preventivas por el Fenómeno El Niño

Disposición regirá 90 días calendario, señala el Decreto Supremo Nº 030-2015-SA, publicado, recientemente, en el Diario Oficial El Peruano

Declaran emergencia sanitaria en San Martín y otras 18 regiones del país, para aplicar medidas preventivas por el Fenómeno El Niño
Declaran emergencia sanitaria en San Martín y otras 18 regiones del país, para aplicar medidas preventivas por el Fenómeno El Niño
Para reforzar los servicios de salud y prevenir la ocurrencia de algunas enfermedades que podría originar la presencia del Fenómeno El Niño, el Ministerio de Salud (MINSA) declaró emergencia sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, en la región San Martín y otras 18 regiones del país y la Provincia Constitucional del Callao, según señala el Decreto Supremo Nº 030-2015-SA, publicado, recientemente, en el Diario Oficial El Peruano.

Las regiones comprendidas dentro de esta medida de prevención son Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Áncash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín, Loreto, Ucayali, Huánuco, Pasco y Madre de Dios, además de la Provincia Constitucional del Callao.

En el considerando de la norma se precisa que mediante Informe Técnico Nº 020–2015-NCNC/OPDN-OGDN/MINSA, la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud (Minsa) concluyó que de acuerdo a lo proyectado por las entidades competentes, "(...) los efectos del actual evento Niño costero se prolongarán hasta el verano del 2016, y con alta probabilidad de convertirse en un evento de nivel de emergencia 4 y 5, que afectaría la continuidad de los servicios de salud".

Asimismo, señala que dicho fenómeno puede ocasionar el alto riesgo de casos de enfermedades diarreicas agudas, infecciones respiratorias agudas, malaria, dengue, chikungunya, leptospirosis, enfermedades infecciosas de la piel, entre otras, lo cual generará una sobredemanda de atención, que podría ocasionar el colapso de los servicios de salud.

Por otro lado, indica que la variabilidad climática favorecerá la reproducción de insectos vectores y de los roedores, lo que podría sobrevenir en un aumento de los casos de dengue, fiebre chikungunya y malaria.

Igualmente, se indica que corresponde al Minsa y al Instituto Nacional de Salud (INS), realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el "Plan de Acción para Emergencia Sanitaria por el Fenómeno El Niño".

La disposición añade que la relación de bienes y servicios que se requieran contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, se consigna y detalla en el Anexo II "L istado de bienes requeridos para atender la Emergencia Sanitaria por el Fenómeno El Niño", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, siendo el Minsa y el INS responsables de su financiamiento.

Las contrataciones y adquisiciones que se efectúen al amparo de la presente norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.

Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, se deberá informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156.

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