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Fiscalizarán a entidades del gobierno central, gobiernos regionales y locales que ejecutan obras de prevención ante fenónemo El Niño

Contraloría señala que deberán tomar las medidas del caso para cautelar el buen uso y destino de los recursos públicos, bajo responsabilidad

Fiscalizarán a entidades del gobierno central, gobiernos regionales y locales que ejecutan obras de prevención ante fenónemo El Niño
Fiscalizarán a entidades del gobierno central, gobiernos regionales y locales que ejecutan obras de prevención ante fenónemo El Niño
Las diversas entidades del gobierno central, gobiernos regionales y gobiernos locales que recibieron recursos para ejecutar obras o proyectos de prevención ante la presencia del Fenómeno El Niño, serán fiscalizadas por el Sistema Nacional de Control, según informó la Contraloría General de la República.

Tras señalar que cumplió con comunicar a los titulares de dichas entidades, habilitadas en el marco del Decreto de Urgencia N° 004-2015, que están sujetas a fiscalización de control el ente contralor indicó que en uso de sus facultades, pondrá especial énfasis en el cumplimiento del mencionado Decreto de Urgencia.

En ese sentido indica que los titulares de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y locales involucradas en las acciones preventivas ante una eventual situación de emergencia, deberán tomar las medidas del caso para cautelar el buen uso y destino de los recursos públicos, bajo responsabilidad.

Asimismo, la Contraloría detalla que estas deberán aplicar el procedimiento especial de contratación dispuesto en el Anexo 1 de la referida norma "Solo para la contratación de bienes y servicios que se requieran para atender los riesgos y posibles efectos del mencionado suceso climatológico", subraya.

Por otro lado, indican que los titulares de los pliegos comprendidos en la aplicación del Decreto de Urgencia indicado, deben elaborar y publicar en el portal institucional su informe trimestral y un informe final sobre las acciones realizadas, así como publicar y dar cuenta a la Contraloría General de cada uno de los contratos suscritos para estos fines.

Además, señalan que dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes al término de vigencia del antes referido Decreto de Urgencia, deberán remitir su informe final, entre otros, a la Contraloría General, a efectos de la fiscalización y/o supervisión correspondiente.

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