¤ 07/5/2014 ¤ sanmartinenred.com ¤ 0 comentarios
Declaran en emergencia sanitaria 65 poblados de las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre y Marañón, en la región Loreto
Por 180 días, para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales en la zona.
Declaran en emergencia sanitaria 65 poblados de las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre y Marañón, en la región Loreto
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Con la finalidad de minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales en la zona, el Poder Ejecutivo declaró en emergencia sanitaria a un total de 65 localidades de las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes, Tigre y Marañón, en la región Loreto, por el plazo de 180 días hábiles.
Así lo señala el Decreto Supremo N° 006-2015-SA, publicado el martes 6 de mayo en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, el mismo que está refrendado por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; la ministra de Cultura y encargada del portafolio del Ambiente, Diana Álvarez-Calderón; la ministra de Salud, Midori de Habich y el ministro de Vivienda, Milton von Hesse.
En sus considerandos señala que se han evidenciado la carencia de sistemas de abastecimiento de agua apta para el consumo humano y que, de acuerdo a los informes emitidos por la Dirección General de Salud Ambiental y la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud-MINSA, la población de las 65 localidades ubicadas en las cuencas antes mencionadas vienen consumiendo agua que muestra valores que no cumplen los límites máximos permisibles para el consumo humano y que, esta situación se ha convertido en un problema sanitario debido a la presencia de enfermedades diarreicas agudas-EDA generando vulnerabilidad en la población de las cuencas antes citadas, lo que representa un riesgo elevado para la salud y la vida.
En ese contexto, la declaratoria de emergencia sanitaria establece que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS, a través del Programa Nacional de Saneamiento Rural, realizar las acciones inmediatas relacionadas con la adquisición, transporte, instalación, capacitación, operación y mantenimiento de módulos de tratamiento de agua para el consumo humano.
La relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria son módulos de tratamiento de agua para consumo humano, transporte de los equipos hacia las localidades ubicadas en dichas cuencas, construcción de módulos de captación de agua cruda para los módulos de tratamiento de agua.
Asimismo, adquisición e instalación de sistemas de bombeo para uso de los módulos, generadores de energía eléctrica, adquisición e instalación de tanques o reservorios de almacenamiento, construcción de estructura de soporte del tanque y reservorio, contratación de servicios de capacitación, operación y mantenimiento de módulos de tratamiento de agua para el consumo humano.
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