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La Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) aún no cuenta con autoridades debidamente reconocidas

SUNEDU informó sobre los procesos que actualmente mantiene esta casa superior de estudios, como parte de su adecuación a la Ley Universitaria

La Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) aún no cuenta con autoridades debidamente reconocidas
La Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) aún no cuenta con autoridades debidamente reconocidas
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), confirmó que la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), de Iquitos, en la región Loreto aún no cuenta con autoridades universitarias debidamente reconocidas, por no cumplir con lo que establece la nueva Ley Universitaria. En ese sentido, informó sobre los procesos que actualmente mantiene esa casa superior de estudios, como parte de su adecuación a esta nueva norma.

Haciendo un recuento, señala que el 14 de enero de 2016, Rodil Tello Espinoza, quien, hasta ese momento ejercía el cargo de rector de la UNAP, así como el vicerrector académico, Julio Soplín Ríos y de investigación, Gloria Vásquez de Bardales; respectivamente, presentaron su renuncia irrevocable al cargo. Dos días después; la Asamblea Universitaria Transitoria convocó a una sesión extraordinaria, en la que se aceptó su renuncia.

Después de aceptar dicha dimisión, se presentó a la SUNEDU la elección como rector de Carlos Hernán Zumaeta Vásquez, realizada el 20 de diciembre del 2015. Esta autoridad no pudo ser reconocida, porque se efectuó estando vigente una medida cautelar que impedía el proceso y, además, por no mostrar documentación que sustente la convocatoria del 60% de los docentes y del 40% de los alumnos, como mínimo, que exige la norma.

Posteriormente, la Asamblea Estatutaria Transitoria reconoció a Manuel Flores Arévalo como Rector Interino de la UNAP. Sin embargo, la SUNEDU no validó el procedimiento de designación, debido a que no contaba con documentación que sustente los requisitos mínimos -como ser profesor principal con el más alto grado académico- y los establecidos en los artículos 134 y 136 de su estatuto.

Del mismo modo, la SUNEDU no ha podido validar la elección del señor Heiter Valderrama Freyre en el cargo de Rector porque de acuerdo con la información recabada esta no se ha realizado de acuerdo con la Ley Universitaria.

Cabe destacar que la SUNEDU reconoce la autonomía de las universidades, así como su potestad para la creación de normas internas, estatuto y reglamentos. Además, la Ley solo contempla la obligación de remitir a la SUNEDU la información de las autoridades elegidas.

En ese contexto, SUNEDU invoca a la comunidad universitaria de esa casa superior de estudios a presentar autoridades que reúnan los requisitos que la ley exige, a fin de restablecer la normalidad de las actividades académicas en beneficio de todos los estudiantes de la UNAP.

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