SAT Tarapoto informó que este 29 de febrero se vence el primer trimestre del pago del Impuesto Predial 2016
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Tras expresar su reconocimiento y felicitación a todos los contribuyentes que pagaron sus obligaciones tributarias correspondientes al año 2015, el Servicio de Administración Tributaria - Tarapoto (SAT - T) informó que el lunes 29 de febrero, vence el primer trimestre del pago del impuesto predial 2016.
En tal sentido, anunció que, con este fin ya están distribuyendo las cartillas tributarias 2016 con los montos de sus obligaciones tributarias.
Por otro lado, se confirmó que la Municipalidad Provincial de San Martín emitió la Ordenanza Municipal N° 004 - 2016 - MPSM, que aprueba el programa de incentivos tributarios por pronto pago de los arbitrios municipales para el ejercicio 2016, que se viene aplicando desde el 01 de febrero al 30 de abril en la jurisdicción del distrito de Tarapoto de acuerdo a los siguientes porcentajes: Febrero: 15%, Marzo: 10%, Abril: 05%, respectivamente.
Cabe señalar que estos incentivos tributarios de descuentos se otorgan a los contribuyentes que deciden pagar voluntariamente el total de sus arbitrios municipales del presente año; en los meses indicados.
Igualmente se informó que, en cuanto al Impuesto Predial, el Servicio de Administración Tributaria - Tarapoto (SAT-T), en su calidad de entidad recaudadora solo se encarga de cobrar dicho impuesto, y que es el Ministerio de Vivienda quien hace la actualización de los valores arancelarios anualmente tomando varias variables, como el valor del terreno, edificaciones, y cuánto se ha apreciado una propiedad.
Todos estos factores son tomados para establecer el autovalúo (valor total de una propiedad), que sirve como base imponible para la determinación de este impuesto.
Asimismo, se recuerda que los jubilados están exonerados del pago del Impuesto Predial, dispuesto por la Ley de Tributación Municipal o Decreto Ley N° 776 de 1994. El artículo 19° de la norma, modificado en el 2004 por el D.L. N° 952, indica que para acceden al referido beneficio, las personas mayores deben ser propietarias de solo un predio registrado a nombre propio o de la sociedad conyugal y que le sirva de vivienda;
Además que su pensión mensual no exceda el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable (Monto de este año: S/. 3,950.00).
En ese sentido se señala que las personas interesadas deben acercarse a las oficinas del SAT-T para presentar los requisitos solicitados que les permita actualizar dichos beneficios.
Finalmente, el SAT-T expresó su reconocimiento y felicitación a todos los contribuyentes que pagaron sus obligaciones tributarias en el año 2015, ya que con ello se logró alcanzar la meta asignada por el Ministerio de Economía y Finanzas en el distrito de Tarapoto de categoría B.
SANMARTINENRED.COM