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¤ 18/12/2015 ¤ sanmartinenred.com ¤ 0 comentarios

Bajo modalidad de "servidumbre", entregan territorio ancestral Awajún a empresa minera Afrodita, en El Cenepa

Gracias a decretos supremos 054 y 060 de la PCM, emitidos en mayo del 2013, que conformaron el llamado primer "paquetazo ambiental"

Bajo modalidad de "servidumbre", entregan territorio ancestral Awajún a empresa minera Afrodita, en El Cenepa
Bajo modalidad de "servidumbre", entregan territorio ancestral Awajún a empresa minera Afrodita, en El Cenepa
La empresa minera Afrodita logró apoderarse, bajo la modalidad de "servidumbre", de más de 57 hectáreas ubicadas sobre territorio ancestral awajún en el distrito de El Cenepa, de la provincia de Condorcanqui, región Amazonas, fronterizo con Ecuador. Este hecho que pasó desapercibido, para muchos se concretó gracias a los decretos supremos 054 y 060 emitidos por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), en mayo del 2013, los que conformaron, en su momento, el mal llamado primer "paquetazo ambiental".

Todo comenzó en marzo de 2015, cuando el Poder Judicial declaró nulos los artículos 2° y 6° del Decreto Supremo 054, los más lesivos para los pueblos indígenas, una vez que cumplieron su función. Estos disponían en los hechos de los territorios de los pueblos originarios en beneficio de actividades extractivas.

En una clara muestra de astucia la empresa no actuó en un solo frente. Si bien desde hace unos meses viene incidiendo sobre el Gobierno Regional de Amazonas para viabilizar sus operaciones, desde mucho antes implementaba una estrategia para que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) emita una opinión favorable para iniciar sus operaciones en la concesión llamada Comaina 1.

El rechazo de las comunidades indígenas a la presencia de la empresa Afrodita en la zona de la Cordillera del Cóndor, en El Cenepa data de 1993, año en que la mencionada empresa minera intentó operar bajo serios cuestionamientos.

Cabe señalar que, en el presente año, más de cien comunidades de las etnias awajún y wampis manifestaron su oposición a la actividad minera en dicha ubicación porque viola su derecho al territorio y a la consulta previa.

Por otro lado, debemos señalar que, desde hace unos tres años, la empresa Afrodita aplica una nueva estrategia, que finalmente le ha dado los resultados que esperaba. La estrategia consistió en cambiar de escala, es decir la empresa Afrodita se presentó, esta vez, como pequeño productor, con lo que ha logrado simplificar varios de los requisitos ambientales de su operación", explica.

Según se supo, la empresa a mediados del 2013 inicia los trámites para sus operaciones ante el Gobierno Regional de Amazonas, aprovechando las facilidades que da el gobierno a través del mal llamado primer "paquetazo ambiental".

Un año después, el 13 de junio de 2014, se aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto de Explotación "Afrodita", mediante la Resolución Directoral Sectorial Regional Nº 012-2014-G.R.AMAZONAS/DREM.

De todo esto se aprovechó la empresa Afrodita que invocó los beneficios del primer paquetazo ambiental, el decreto 054, y solicitó a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) le otorgue la servidumbre sobre un terreno de más de 575 mil metros cuadrados (57 hectáreas), en la zona donde se ubican sus concesiones.

En resumen, el artículo 6° de la norma establece servidumbre sobre los terrenos eriazos del Estado para proyectos de inversión. La figura que surge es la siguiente: Afrodita como empresa solicita el terreno necesario para el desarrollo de su proyecto minero a la autoridad sectorial, que en este caso es el GORE de Amazonas.

Acto seguido, el GORE requiere a la SBN el otorgamiento de servidumbres temporales o definitivas sobre predios estatales inscritos o no en el Registro de Predios.

Recibido el pedido, la SBN efectúa el diagnóstico técnico-legal y realiza la entrega provisional del predio, en el plazo no mayor de 15 días hábiles. Esto siempre que el terreno sea de propiedad del Estado, directamente o a través de un GORE o estando a nombre de una entidad pública.

Tras verificar algunos requisitos, la SBN "certificó" -con opiniones del GORE de Amazonas, el MEM y Cofopri- que se trataba de un predio eriazo no catastrado y de propiedad del Estado.

La estocada final y necesaria para que las operaciones de Afrodita prosperen se produjo en diciembre de 2014, con la opinión afirmativa del MEM para que ésta opere en su concesión minera. Debía demostrar que su concesión se ubicaba sobre terreo eriazo y así lo hizo.

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