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Sala Penal de Apelaciones ratifica sentencia a cuatro años de prisión efectiva, para el ex ministro aprista Aurelio Pastor

Por el delito de tráfico de influencias al haber solicitado, el 2012, el pago de 60 mil nuevos soles a la entonces alcaldesa de Tocache, Corina de la Cruz

Sala Penal de Apelaciones ratifica sentencia a cuatro años de prisión efectiva, para el ex ministro aprista Aurelio Pastor
Sala Penal de Apelaciones ratifica sentencia a cuatro años de prisión efectiva, para el ex ministro aprista Aurelio Pastor
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Justicia de Lima ratificó la sentencia a cuatro años de prisión efectiva impuesta por el Primer Juzgado Unipersonal, en octubre del 2014, al ex ministro de justicia del gobierno aprista Aurelio Pastor Valdivieso, por el delito de tráfico de influencias. El también ex congresista no asistió a la audiencia donde se dio lectura a la sentencia por motivos de salud, según se dijo.

Cabe remarcar que, anteriormente, el ex ministro aprista había apelado la sentencia dispuesta por el Primer Juzgado Unipersonal lo había condenado a una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva en octubre del 2014, por lo que la sanción quedó en suspenso, hasta que, en segunda instancia, la Primera Sala de Apelaciones integrada por Susana Castañeda, Antonia Saquicuray y Saúl Peña Farfán confirmó la condena por el delito de tráfico de influencias, pero modificó la pena y la redujo a cuatro años de prisión.

Es preciso señalar que el ex ministro y ex congresista aprista Aurelio Pastor Valdivieso fue hallado responsable del delito de tráfico de influencias por haber solicitado, el año 2012, el pago de 60 mil nuevos soles a la entonces alcaldesa de Tocache, Corina de la Cruz a cambio de ayudarla con sus influencias a solucionar un problema de revocatoria en el Jurado Nacional de Elecciones y en una Fiscalía Suprema, según se informó.

Al respecto, su abogado, César Nakasaki expresó su desacuerdo con el fallo y anunció que presentará un recurso casación ante la Corte Suprema, tras señalar que su cliente no asistió a la audiencia por tener un problema de salud y que se encontraba en su domicilio afectado por un caso de diverticulitis, por lo que el día anterior estuvo en una clínica local.

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