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Declaran de interés nacional los XVIII Juegos Panamericanos, a realizarse en Lima del 26 de julio al 11 de agosto del 2019

El Comité organizador estará presidido por un representante del Ministerio de Educación, según Resolución Suprema publicada en el diario El Peruano

Declaran de interés nacional los XVIII Juegos Panamericanos, a realizarse en Lima del 26 de julio al 11 de agosto del 2019
Declaran de interés nacional los XVIII Juegos Panamericanos, a realizarse en Lima del 26 de julio al 11 de agosto del 2019
El Gobierno declaró de interés nacional la organización de los XVIII Juegos Panamericanos, a realizarse en Lima, entre el 26 de julio y el 11 de agosto de 2019, y formalizó la creación del comité organizador, según establece una Resolución Suprema publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Según la norma, el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL-Perú), adscrito al Ministerio de Educación, es el encargado de llevar a cabo la organización y las actividades necesarias para la realización del citado evento deportivo.

Dicho comité está conformado por dos representantes del Ministerio de Educación, uno de los cuales lo presidirá; dos representantes del Municipio de Lima; el presidente del Comité Olímpico Peruano; un representante del Comité Olímpico Peruano.

Asimismo, un representante del Instituto Peruano del Deporte; un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y un representante del Gobierno Regional del Callao.

La secretaría técnica del COPAL-Perú recaerá en la secretaría general del Instituto Peruano del Deporte.

El citado comité podrá contar con la participación de un representante del Comité Olímpico Internacional (COI), en calidad de observador, quien podrá participar de las sesiones del Comité con voz pero sin voto. Los referidos representantes serán designados mediante comunicación escrita del titular de la entidad u organización, en un plazo no mayor de cinco (5) días de publicada la presente Resolución Suprema.

A propuesta de cualquiera de los integrantes del COPAL-Perú, y por acuerdo de este adoptado por mayoría simple, se podrá incorporar otros miembros al grupo de trabajo. Los miembros del COPAL-Perú y la Secretaría Técnica del grupo de trabajo ejercen su cargo ad honorem sin demandar mayores gastos al Tesoro Público.

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