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¤ 05/2/2015 ¤ sanmartinenred.com ¤ 0 comentarios

Autorizan transferencia de más de 190 millones para proyectos de inversión en infraestructura educativa en las regiones

Recursos de la transferencia de partidas no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Autorizan transferencia de más de 190 millones para  proyectos de inversión en infraestructura educativa en las regiones
Autorizan transferencia de más de 190 millones para proyectos de inversión en infraestructura educativa en las regiones
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015, hasta por 190 millones 176,025 nuevos soles, del pliego del Ministerio de Educación, para financiar la ejecución de 66 proyectos de inversión pública en infraestructura educativa a favor de diversos gobiernos regionales y locales.

El Decreto Supremo Nº 014-2015-EF refiere que los titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente transferencia de partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos dentro de los 5 días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los 5 días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Los pliegos habilitados informarán al Ministerio de Educación los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el numeral 11.2 del artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.

El presente Decreto Supremo, publicado hoy en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, está refrendado por el presidente de la República, Ollanta Humala, y por los ministros de Economía, Alonso Segura y de Educación, Jaime Saavedra.

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