¤ 08/1/2015 ¤ sanmartinenred.com ¤ 0 comentarios
Presidentes regionales y alcaldes no podrán ser revocados antes de 2016, precisó el Jurado Nacional de Elecciones-JNE
En tal sentido, los promotores de este derecho ciudadano no podrán adquirir los kits electorales hasta el 1 de enero de ese año, se informó
Presidentes regionales y alcaldes no podrán ser revocados antes de 2016, precisó el Jurado Nacional de Elecciones-JNE
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De acuerdo a lo establecido por la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300), los presidentes regionales y alcaldes, recientemente electos, no podrán ser revocados antes del 2016, según precisó hoy el Jurado Nacional de Elecciones-JNE.
Es más, el JNE indicó que los promotores de este derecho ciudadano no podrán adquirir los kits electorales hasta el 1 de enero de ese año, a fin de darles a las autoridades la oportunidad de ser evaluados adecuadamente y no afectar el sistema democrático.
Cabe señalar que la norma establece que los ciudadanos que promuevan la revocatoria deberán cumplir con detallar los cuestionamientos a la autoridad o las deficiencias en el ejercicio de su cargo que hayan significado irregularidades en la gestión municipal o regional.
También se informó que, en su oportunidad, la venta de los kits estará a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, mientras que la verificación de la autenticidad de las firmas de adherencia lo hará el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC.
De otro lado, la resolución del máximo organismo electoral resalta que la aplicación de la revocatoria en el país ha demostrado la necesidad de introducir sustantivos cambios orientados a su mejor regulación y que, tras un exhaustivo análisis, ha motivado la presentación conjunta del JNE, la ONPE y el RENIEC de un Proyecto de Nueva Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos ante el Congreso de la República, el que aún se encuentra pendiente de debate y aprobación.
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