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¤ 07/1/2015 ¤ sanmartinenred.com ¤ 0 comentarios

Bonificación por Escolaridad de hasta 400 nuevos soles recibirán, en Enero, funcionarios y servidores estatales

Este beneficio alcanza al personal de las FF.AA., PNP, pensionistas, profesores con jornada completa y obreros permanentes y eventuales

Bonificación por Escolaridad de hasta 400 nuevos soles recibirán, en Enero, funcionarios y servidores estatales
Bonificación por Escolaridad de hasta 400 nuevos soles recibirán, en Enero, funcionarios y servidores estatales
Los funcionarios y servidores estatales nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y la Ley N° 29944, así como los obreros permanentes y eventuales, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú y pensionistas a cargo del Estado, recibirán por única vez, en la planilla del mes de Enero, un bono por concepto de Escolaridad de hasta 400 nuevos soles.

Así lo dispone el Decreto Supremo N° 001-2015-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, que señala que esta bonificación será financiada con cargo a los créditos presupuestarios asignados para dicho fin en el presupuesto institucional de las entidades públicas, conforme a la Ley Nº 30281.

La norma indica que en el caso de los Gobiernos Locales, la Bonificación por Escolaridad es otorgada hasta el monto fijado en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 30281 y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes y en función a la disponibilidad de los recursos que administran.

En tanto que, los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada percibirán la bonificación por escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 30281.

Para recibir esta bonificación los trabajadores deben estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Asimismo, deben estar laborando con una antigüedad no menor de tres meses y en caso de no ser así percibirán ese beneficio en forma proporcional a los meses laborados.

El decreto supremo indica también que los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública reciben la Bonificación por Escolaridad en una sola repartición pública "debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida".

Además, puntualiza que estas disposiciones no alcanzan a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

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